La Cámara Nacional de Casación Penal anuló dos resoluciones del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán (TOF), por las que les negó la libertad a los detenidos militares Jorge Eduardo Gorleri y Héctor Hugo Lorenzo Chilo, acusados por violaciones a los derechos humanos. Ambos serán juzgados en la provincia desde marzo por el asesinato del militante cordobés Osvaldo Sigfrido de Benedetti, ocurrido a mediados de 1978 en el límite con Santiago del Estero.
A raíz de esto, el TOF deberá dictar una nueva decisión sobre la excarcelación que pidieron los octogenarios militares (r), ya que su pronunciamiento presentaba graves deficiencias de forma. A esa conclusión arribaron los vocales Guillermo Yacobucci, Luis García y Gustavo Mitchell, al acceder a sendos recursos de casación presentados por las respectivas defensas.
Junto a Gorleri y a Chilo, otros cuatro acusados serán juzgados desde marzo. Entre estos, el ex presidente de facto Jorge Videla y por el ex comandante del III Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, recientemente condenados a prisión perpetua por crímenes cometidos en la prisión de Córdoba. El caso bajo juzgamiento en Tucumán se vincula indirectamente con esta causa. De Benedetti estaba detenido desde antes del golpe de 1976 en la Unidad Penitenciaria Nº 1 de Córdoba, a disposición del Juzgado Federal de Tucumán, y en 1978 fue trasladado al penal de Villa Urquiza. En julio de ese año, habría sido sacado de la cárcel y supuestamente fusilado en un intento de fuga, según información oficial difundida por el Ejército en ese momento.
La investigación penal fue llevada adelante en Córdoba por el juez federal subrogante Alejandro Sánchez Freytes quien la remitió al TOF para que acá se sustancie el juicio oral por ser el lugar donde se produjeron los hechos.
Arbitrariedad
En la fundamentación de su voto (fue acompañado por los otros vocales), Yacobucci calificó de arbitraria, por falta de motivación, la decisión del TOF de no disponer la libertad de Gorleri.
"El fundamento central de la denegación se reduce a las circunstancias fácticas y jurídicas que motivaron el procesamiento del acusado y a la fecha de inicio del juicio. La arbitrariedad es manifiesta pues no sólo no permiten explicar cómo el imputado pondrá el riesgo el proceso cuando esté en libertad, sino que tampoco fundamenta por qué su prisión cautelar es un medio idóneo para neutralizar los riesgos, sobre todo en atención a la edad del imputado", aseveró el juez.
García, por su parte, agregó: "la posibilidad de realización en fecha próxima de la audiencia de debate no tiene punto de conexión alguna con el juicio acerca de la existencia de riesgos de fuga o de entorpecimiento (en el accionar de la Justicia)". Precisamente, estos dos últimos aspectos son los que deben ser tenidos en cuenta al momento de disponer la continuidad de una detención dispuesta por el juez.
Mitchell, a su vez, remarcó que el TOF debió haber analizado el planteo de la defensa de Gorleri y no rechazarlo basado en la prisión preventiva que había dictado Sánchez Freytes: "la resolución se encuentra infundada". Los camaristas reiteraron sus planteos en la apelación presentada por Chilo.
En el expediente se menciona a Gorleri como vinculado con el caso Romero Niklison (el asesinato de cuatro militantes montoneros en el barrio Esteban Echeverría), pero no tiene relación con este proceso, sino con De Benedetti. La causa Romero Niklison llegará a instancia de juicio oral en febrero; un mes antes.